Sobre el carné de conducir…

¿Cuál es la validez de los carnes de conducir?

La Ley de Tráfico 818/2009 establece los periodos de vigencia para los diferentes tipos de permiso de conducir (los plazos se reducirán dependiendo del estado de salud del titular, si tiene enfermedad o deficiencias):
El permiso de conducción de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E
Menores de 65 años – Renovación cada 5 años
A partir de 65 años – Renovación cada 3 años

El permiso de las clases restantes, AM, A1, A2, A y B y la licencia de conducción
Menores de 65 años – Renovación cada 10 años
A partir de 65 años – Renovación cada 5 años

La vigencia del permiso y de la licencia de conducción, depende de que el titular no haya perdido totalmente la asignación inicial de puntos.

Si descubro que ya me ha caducado el carné de conducir, ¿qué puedo hacer?

No debe conducir con el carné caducado, puede tener una sanción grave (200 Euros). Deberá renovarlo a la mayor brevedad. Efectúe el reconocimiento médico y si es apto podrá conducir desde ese mismo momento con el permiso temporal que el entregaremos en el Centro Médico de Reconocimiento.

¿Tendría que examinarme de nuevo si se me caduca el carnet?

Si tiene el carnet de conducir caducado no tendrá que volverse a examinar, ni perderá la antigüedad.

¿Para renovar el carnet de conducir tengo que ir a la Jefatura de Tráfico de Málaga?

No es necesario. Desde la entrada en vigor del Real Decreto 170/2010 de Centros de Reconocimiento de Conductores, para facilitar al ciudadano la obligación de renovar su carnet, los Centros Médicos de Reconocimiento de Conductores, podrán tramitar por medios electrónicos, la prórroga del permiso o licencia de conducir.

¿El periodo de validez de mi carnet de conducir depende solo de mi edad?

No. Puede reducirse si en el momento de la obtención o la renovación, el titular padece alguna enfermedad o deficiencia.

¿Qué ocurre si renuevo mi permiso de conducir antes de que caduque?

La solicitud de prórroga de vigencia del permiso o licencia podrá realizarse 3 meses antes de que se cumpla la fecha de caducidad que se indica en su carné.
El nuevo periodo de vigencia se empieza a contar desde la fecha en que caducaba su permiso o licencia por lo que no se perderán días de validez.

Solo en casos excepcionales que estén debidamente justificados, se podrá renovar con una antelación mayor, pero en esta ocasión el nuevo periodo de vigencia se establece a partir de la fecha en la que se haya realizado la solicitud de prórroga.

¿Que documentación es necesaria para la renovación del carnet de conducir?

Al solicitar el reconocimiento médico e informe de aptitud en el Centro Médico así como la renovación, únicamente necesita el Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Residencia y el carné de conducir a renovar, salvo que estuviera extraviado.

¿Necesito traer fotos de carné al Centro Médico de Reconocimiento?

No es necesario. En nuestro Centro Médico de Conductores de la Rosa le haremos una fotografía que se enviará a la Jefatura de Tráfico y de forma gratuita.
¿Podría conducir inmediatamente después de superar el reconocimiento médico?

Una vez realizada la renovación del permiso de conducir a través del Centro de Reconocimiento de Conductores de la Rosa, el titular de permiso recibirá una autorización provisional para conducir con validez de 3 meses. Antes del trascurso de ese tiempo, la Dirección General de Tráfico le entregará el permiso definitivo.

¿Cuántos días tarda en llegar por correo mi nuevo carné?

Normalmente suele tardar entre quince días y un mes, pero puede tardar incluso dos meses. Si pasado este tiempo no lo hubiera recibido debe solicitar información en nuestro Centro de Reconocimiento o en la Jefatura de Tráfico de Málaga.

¿Puedo renovar mi carnet de conducir fuera de mi país?

Para solicitar la prórroga de vigencia del permiso o la licencia de conducción cuyo titular se encuentre en el extranjero, deberá remitirse a cualquier Jefatura Provincial de Tráfico la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

  • -Talón foto, que se solicita en la Embajada o Consulado.
  • -Informe de aptitud psicofísica expedido por un médico del país donde se encuentra el interesado y visado por la Embajada o Consulado de España en dicho país.

¿Qué documentos debo llevar obligatoriamente para conducir?

El permiso de conducir, el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de características técnicas con el informe de la ITV en periodo de validez y el recibo del seguro del vehículo.

¿Es imprescindible llevar el recibo del seguro del coche?

Actualmente no hay sanción por no llevar el recibo del seguro, pero si es recomendable.
¿Puedo llevar fotocopias de la documentación del vehículo y de mi carné para conducir?

Sólo las fotocopias compulsadas serán válidas.
¿Podría conducir en el extranjero llevando solo mi carné de conducir?

Dentro de la Unión Europea es suficiente con el permiso de conducir y el Documento Nacional de Identidad, ambos en vigor. Pero fuera de las fronteras de la UE, deberá solicitar el Permiso de Conducir Internacional en la Jefatura de Tráfico de Málaga (o cualquier otra provincia). El carnet de conducir internacional es válido por un año para todo el mundo excepto para el país donde se expide.
El vehículo deberá llevar los originales del permiso de circulación y tarjeta de características técnicas con la ITV en vigor.Fuera de la Unión Europea será necesaria la carta verde.
Además, para circular por el extranjero, el vehículo debe llevar en la parte posterior, una pegatina con forma de ovalo de color blanco con la letra E de color negro.
Si va a viajar por la Unión Europea, se pueden utilizar las placas que incorporan la banda azul con estrellas y la letra E.

¿Solo puedo renovar mi permiso de conducir en mi provincia de residencia?

Puede renovar su permiso en cualquier provincia así, si por ejemplo está de paso o de vacaciones en Málaga y se da cuenta que su permiso está caducado o a punto de caducar, puede acudir a nuestro Centro de Reconocimiento de Conductores para renovarlo, ya que la validez del reconocimiento es para todo el territorio nacional y no tendrá necesidad de desplazarse a la provincia donde está empadronado.

En caso de robo, extravío o deterioro, ¿es necesario pasar de nuevo el reconocimiento médico?

No será necesario siempre que el permiso de conducir esté en vigor. Solo será necesario acudir a la Jefatura de Tráfico y con su DNI, una fotografía y su solicitud le será expedido un duplicado.